martes, 13 de julio de 2010

ASPECTOS A CONSIDERAR CON EL BONO 14

Estimados miembros de este blog, nos encontramos en la época del pago del Bono 14, por lo que les traslado estas consideraciones para conocer más sobre esta Bonificación

¿Qué es el Bono 14 y por qué se cancela?

El verdadero nombre de dicha bonificación es el de Bonificación Anual para Trabajadores del sector Privado y Público Decreto 42-92, se le denomina Bono 14, ya que se constituye en un 14 salario, tomando en cuenta que el Aguinaldo es el salario No. 13, dicha bonificación fue instituida en el Gobierno de Jorge Serrano Elías el día 02 de julio del año de mil novecientos noventa y dos, en sustitución a la ley de compensación económica y su objetivo se encuentra en el artículo 1 de la referida ley la cual indica que es una prestación laboral obligatoria para todo patrono tanto del sector privado como público y se constituye en otorgar un sueldo o salario ordinario a todo trabajador por el monto de un mes de salario siempre que tenga un periodo completo o la parte proporcional cuando es menos.

¿Forma de calcularlo?

Para calcular dicha prestación se toma como base el promedio de los sueldos o salarios ordinarios devengados por el trabajador en el año, el cual termina en el mes de junio de cada año. (Artículo 2 de la ley).

¿En que otros casos se utiliza la bonificación anual?

Según el artículo 4 de la ley, se debe utilizar para el cálculo de la indemnización, se debe tomar en cuenta el monto de la bonificación anual devengada por el trabajador, en la proporción correspondiente a seis meses de servicios o lo proporcional si fuera menor.

Beneficios sobre el pago del Bono 14.

Para le empresa que lo otorga es deducible del Impuesto sobre la renta, para el trabajador que lo recibe es exento del impuesto sobre la renta hasta un monto del 100%, esto quiere decir que para empleados que reciben más de un salario ordinario en concepto de Bono 14 la diferencia ya queda afecta al ISR.

La fecha máxima para hacerse efectivo según la ley es el día quince de julio de cada año y su periodo para calcularlo inicia el 01 de julio de un año y termina el 30 de junio del año siguiente.


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8 comentarios:

  1. Gracias Francisco porque siempre envías esta información tan interesante que nos sirve tanto a la gente de Recursos Humanos como al publico en General, felicitaciones por tu blog.

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  2. COMO SE CALCULA SI A INCIO DE AÑO AUMENTARON EL SALARIO MINIMO?? ES DECIR HASTA DICIEMBRE GANABA q.1,650.00 Y DE ENERO A LA FECHA Q.1,750.00 GRACIAS

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  3. GRACIAS, POR LA INFORMACION CLARA Y BREVE SIGAN ADELANTE, PROPORCIONANDONOS MAS INFORNACION.

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  4. Para servirles, con respecto a este calculo lo mas facil para hacerlo es sumar los dos salarios Q 1650.00 y Q 1750.00 la suma total se divide en 2 y esto nos da el promedio de Q 1,700.00 a pagar, hay otra forma sumar los doce meses y luego multiplicarlo por el coeficiente de 0.08333333, este coeficiente automaticamente te calcula el bono 14 a recibín sin importar la variación de salarios, espero te sirva, saludos

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  5. Mil Gracias!! osea q me robaron :( grrrrrr que tristeza.. gracias por tomarse el tiempo para responderme y felicitaciones x el blog q Dios Te Bendiga

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  6. buenas tardes quisiera que me ayudarán con lo siguiente, si inicie labores el 15 de diciembre de 2009 y gano 1500 cuanto me corresponde d bono 14. de ante mano muchas gracias

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  7. Buena tarde, antes te comento que el salario mínimo por persona esta con la cantidad de Q 1,703.33 + 250.00 de Bonificación Incentivo, para lograr calcular un bono sobre Q 1,500.00 de la 2da. quinc. de diciembre hacemos los siguiente:
    Diciembre Q 1,500.00
    Enero a junio 2010 Q 1,500 * 6 Q 9,000.00
    Total Q10,500.00
    Coeficiente 0.083333333
    Bono 15 a cancelar Q 875.00.
    Por lo que tu bono es de Q 875.00
    Saludos

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