miércoles, 30 de diciembre de 2009

SALARIO MÍNIMO 2010


A todos los amigos y clientes, por este medio les informo sobre el nuevo salario mínimo con vigencia a partir del día uno de enero 2010 publicado en el diario de Centroamérica según Acuerdo Gubernativo No. 347-2009 de fecha 30 de diciembre del año 2009, donde dichos salarios quedan de la manera siguiente:




Por lo que se les sugiere ajustar sus planillas para el mes de enero 2010 conforme a los nuevos salarios para no caer en contingencias laborales y poder trabajar sus presupuestos anuales

Para descargar documento en PDF presione Acá

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martes, 22 de diciembre de 2009

PRESENTACION PLANILLA DEL IVA POR MEDIO ELECTRONICO


los seguidores de este blog, aprovecho este espacio para informar que actualmente la SAT esta simplificando la forma de recepción de planillas de IVA para que su persona se evite hacer largas colas, arriesgarse entre el trafico o en el Autobús.

Pone a su disposición una manera fácil, confiable, segura y que puede hacer desde la comodidad de su hogar u oficina.

Para logar presentar la planilla por este medio solamente tiene que contar con una computadora a la mano con Internet y por medio de seis sencillos pasos lograra presentarla, sin contratos ni tramites extras

Para lograr efectuar su presentación puede hacerla desde Acá.

Al terminar con su presentación puede imprimir los comprobantes que el sistema le entregara y de esa manera proporcionárselo a su patrono para que el realice los ajustes necesarios.

Atentamente

  Francisco Rodas
      CPA

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miércoles, 16 de diciembre de 2009

GASTOS DE CONVIVIOS NAVIDEÑOS ¿DEDUCIBLE DE IMPUESTOS?


A los seguidores de este blog, a través de este espacio doy respuesta a una inquietud que ha surgido sobre los organizadores de convivíos navideños en las empresas.

Cave mencionar que los convivíos son un regalo que el patrono y varias instituciones otorgan a sus colaboradores en el mes de diciembre con el animo de convivir todos juntos en familia institucional para tan importante fecha.

Las leyes guatemaltecas no lo definen bajo el nombre de convivió, tampoco las laborales, por lo que para conocer si es deducible de impuestos, veremos lo que las leyes sobre la materia mencionan al respecto:

Según la ley del IVA decreto 27-92 para dicho beneficio otorgado a los trabajadores no puede ser reclamando como crédito fiscal. El artículo 16 de la Ley del IVA, modificado por el artículo 38 decreto 20-2006, disposiciones para el “Fortalecimiento e la Administración tributaria”, nos indica que para que el IVA de los gastos que efectuemos puedan ser deducido, estos tienen que estar vinculados con el proceso productivo o de comercialización para generar ingresos a la compañía, es decir aquellos gastos que sin su incorporación sea imposible la producción o comercialización de los bienes o la prestación del servicio.

De lo anterior expuesto según el espíritu de la ley, esta nos indica que con convivió o sin convivió, esto no altera para que la producción y comercialización de productos pueda efectuarse y así producirse ingresos para la empresa.

El alivio nos lo da la Ley del Impuesto sobre la renta ISR. La cual menciona en su artículo 38 inciso h) que son deducibles a este impuesto, las sumas que se invierten en servicios recreativos en beneficio gratuito de los trabajadores y sus familiares.

De manera que el consejo para los empresarios, es que al momento de efectuar todos sus gastos sobre convivíos navideños, ingresen al costo el cien por ciento de dicho gasto, para no caer en contingencias fiscales relacionados a la ley del IVA.

Para concluir aclaro entonces que los gastos efectuados por concepto de convivió navideño es deducible para la ley del ISR, pero no es deducible para la ley del IVA.

Extraña contradicción verdad? Así están escritas las leyes en nuestro país.
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jueves, 26 de noviembre de 2009

EL CONTROL INTERNO


El control interno es efectuado por personas. No es solamente un conjunto de manuales de políticas y procedimientos, sino son personas en cada nivel de la organización.

El control interno es ejecutado por la gente de una organización a través de lo que ellos hacen y dicen. La gente diseña los objetivos de la entidad y establece los mecanismos de control


Esto implica necesariamente LIDERAZGO.

La alta dirección es responsable de la existencia de un eficiente sistema de control. Aunque los Directores tienen como obligación primaria la vigilancia del control, también proporcionan directrices y aprueban ciertas transacciones y políticas


El control interno afecta las acciones del personal, señalándole sus responsabilidades y límites de autoridad


Cada individuo dentro de la organización tiene algún rol respecto al control interno.

El control interno próporciona una seguridad razonable

No existe sistema infalible. Ningún sistema hará por siempre lo que se espera que haga



No importa lo bien diseñado y operado que sea un sistema de control interno lo más que se puede esperar es que proporcione una seguridad razonable.

El Control Interno se Puede Considerar Eficaz si:


Se tiene evidencia e información actualizada de los avances y el grado de implementación de las iniciativas estratégicas.


Se dispone de información adecuada respecto hasta que punto se están logrando los objetivos operacionales de la entidad.


Se prepara en forma confiable la información financiera.


Se cumplen las leyes y normas (internas y externas) aplicables.


Se han determinado los propósitos de cada activo y se encuentra asignada la responsabilidad de su custodia.

Fuente: Conferencia Superintendencia de Bancos
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lunes, 23 de noviembre de 2009

ALGUNO DE LOS FRAUDES QUE MAS NOS DESCONCIERTAN


Fuimos contratados para una mediana empresa en Guatemala, conforme planificamos la auditoria, conocimos a una persona a quien describimos como cordial, atenta, amigable, solidaria, con buenos princios y un cúmulo de virtudes, donde se requería apoyo, dicha persona estaba siempre atento para brindarlo incondicionalmente.


No era difícil quererla, derivado a todas sus cualidades, las que le valió para hacerse de muchos amigos y aliados dentro de la organización.

Teniendo tantas cualidades, pasaba por desapercibido su alto estatus de vida, bienes materiales, lujos, etc.

Como parte de la asesoría, contratamos un Auditor interno, persona joven, independiente de todas las actividades del grupo de personas, cuando se inicio el trabajo de pruebas al control interno de dicha compañía, el auditor efectúo una prueba sobre el manual de funciones y atribuciones, descubriendo que el control interno de la empresa era deficiente, derivado a que la persona que mencionamos anteriormente, era un pagador de planillas y dentro de sus funciones se encontraban la captación de efectivo por medio de sobrantes de pago de salarios, la misma persona efectuaba la partida contable por medio de la cual simulaba el ingreso a los bancos, posterior a ello la misma persona efectuaba la conciliación de Bancos.

La sugerencia que dio el nuevo auditor fue la de quitarle la función de contabilidad y que otra persona efectuara las partidas de ingresos y una tercera persona conciliara los bancos.

Como resultado de dicha reestructuración de funciones se descubrió una terrible y dolorosa verdad; la persona muy querida por todos y de una amplia reputación, resulto ser un defraudador, y durante años se apropiaba de dinero de la Organización sin que ninguno se diera por enterado, incluso el Auditor de la empresa quien dormía en sus procedimientos ordinarios rutinarios y ortodoxos no logro detectar tal situación.

Dicho defraudador descubrió lo que en sentido de fraude se le denomina “oportunidad”, el encontró oportunidad derivado a fallas del control interno de la compañía.

Actualmente los fraudes corporativos dejan millonarias perdidas a las empresas, por ejemplo en Argentina han dejado hasta un 5% de su facturación, en USA han dejado por año el valor de US $ 463,000.00, en Guatemala aun no se tiene cifras, pero se cuenta con elevadas cantidades de perdidas originadas a los fraudes corporativos.

Las compañías Guatemaltecas pueden ahorrarse estos inconvenientes teniendo un adecuado sistema de control interno y un Auditor interno de campo verificándolo en cada momento, un auditor interno capacitado y decidido a velar por los intereses de la compañía, teniendo como principales funciones la evaluación del correcto control interno de la compañía y la asesoría permanente a los socios de la empresa.

Muchos creen que tener un Auditor interno dentro de la organización representa gasto, pero a nuestro criterio esto es una inversión, se ha logrado comprobar que las empresas que cuentan con el auditor interno han logrado incrementar sus márgenes de utilidad, derivado a que dicho auditor interno cierra todas las puertas del fraude, elimina las oportunidades y los colaboradores de la empresa, aun estando muy necesitados de recursos, temen ejercer una acción fraudulenta.

Por lo que el consejo va para los empresarios, si quieren ahorrar varios miles de quetzales perdidos en los fraudes, tenga dentro de sus servicios a un Auditor interno.

Para descargar el documento en PDF y compartír, presione Acá

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viernes, 13 de noviembre de 2009

PARA QUIENES SERA LA REFORMA TRIBUTARIA 2010?

169849_tax en Blogs de YAAQUI
Estamos a las puertas de una inminente reforma tributaria para financiar el presupuesto del Estado para el año 2010, para dicha reforma según los medios de comunicación el Estado de Guatemala ha buscado respaldo de las embajadas de España y Francia, así como reunión con distintos bloques en el Congreso y el CACIF.


Con dicho escenario podemos pensar que la reforma tributaria esta a las puertas como bienvenida para el año 2010, pero a ¿quien va dirigida?

La presente reforma tributaria se dirigirá al Sector Empresarial y Sector Profesional del país, con el lema del que el que tiene más, que pague mas. Los impuestos a reformarse son los denominados impuestos Directos (Impuesto sobre la Renta ISR e Impuesto de Solidaridad ISO), este tipo de impuesto es que se cancela directamente del bolsillo del contribuyente sin poder ser trasladado al consumidor final, lamentablemente se corre el riesgo de que el precio de los artículos tiendan a subir debido a especulaciones, derivado a que no se cuenta con un sistema de protección al consumidor que logre llegar a todas las áreas de la República, dando la impresión de que dicho incremento a los impuestos fue trasladado a los artículos elaborados y servicios prestados.
De ser aprobado la reforma tributaria, quedaría de la manera siguiente:

Tipo de Impuesto                                Tasa Actual    Nueva Tasa

Impuesto sobre la renta Régimen General        5%               6%
Impuesto de Solidaridad                                 1%               2%

El impuesto sobre la Renta Régimen General grava a contribuyentes que prestan servicio de forma liberal, por ejemplo Médicos, abogados, Arquitectos, Consultores, Auditores Etc. Así mismo a contribuyentes que se han acogido a cancelar un 5% sobre sus ingresos totales.

El ISO graba todas las actividades Mercantiles y agropecuarias de los contribuyentes y se calcula sobre la base de los ingresos brutos devengados un año anterior o bien el monto de Activos totales de la empresa, el que sea mayor.

Asimismo se pretende eliminar las acciones al portador de las Sociedades anónimas y un incremento a los timbres fiscales, los cuales son impuestos pero pagados en especie, otra de las propuestas es el Incremento del Impuesto único sobre inmuebles, todavía no se tiene una tasa de incremento.

Por medio de este blog les mantendré informado sobre los avances de la reforma tributaria para el 2010, por momento les sugiero a los Empresarios y Profesionales liberales tomar en cuenta en sus presupuestos para el año 2,010 sobre las nuevas cargas tributarias ya que estos tendrán efecto en sus utilidades para el nuevo año.
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lunes, 9 de noviembre de 2009

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA CONTRIBUYENTES EN RELACION DE DEPENDENCIA


Continuando nuestra serie el sobre el Impuesto sobre la enta en relación de dependencia veamos, lo siguiente:

El Impuesto sobre la renta en relación de dependencia es el impuesto establecido en la legislación tributaria guatemalteca que afecta a todos los trabajadores, tanto del sector público como el sector privado que trabajan bajo la supervisión inmediata de un patrón en virtud de un contrato o relación laboral.

Quienes están sujetos a este impuesto?

La ley del ISR en su artículo 37 y su reglamento art. 27 refieren que constituye renta neta para las personas individuales que obtengan ingresos exclusivamente por la prestación de servicios personales en relación de dependencia, los sueldos y salarios, comisiones y gastos de representación cuando no deban ser comprobados, bonificaciones, incluida la creada por el Decreto Número 78-89 del Congreso de la República y otros ingresos similares siempre que estos ingresos sobrepasen la cantidad de treinta y seis mil quetzales dentro del período del 01 de enero al 31 de diciembre de cada año. Por lo que las personas que trabajen en relación de dependencia y no sobrepasen dicha cantidad, no tendrían que preocuparse de dicho impuesto.

Que debe hacer el trabajador al iniciar la relación laboral?

Según el articulo 57 de la ley y 31 de su reglamento, se establece que las personas individuales que perciban remuneraciones provenientes exclusivamente de su trabajo en relación de dependencia, superiores a los treinta y seis mil quetzales (Q.36,000.00) anuales, deben presentar ante su patrono una declaración jurada al inicio de sus actividades laborales. El patrono actuará como agente de retención del impuesto.

Las personas individuales que presten servicios en relación de dependencia, a los Organismos del Estado y a sus entidades descentralizadas, autónomas, las municipalidades y sus empresas, también deben cumplir con las normas establecidas en este Reglamento.

Se hace la aclaración que según el art. 57 de la ley y 35 de su reglamento, cuando surja cualquier modificación a los datos presentados en la declaración inicial, es necesario presentar una nueva, el plazo es de 20 días hábiles inmediatos siguientes a la fecha en que se produzca e cambio.

Para descargar un formulario de Impuesto sobre la renta puede hacerlo Acá


Veamos un ejemplo de cómo presentar su proyección de ISR ante el patrono

Veamos el ejemplo de una persona que comienza en el mes de enero devengando un sueldo mensual de Q 8,000.00 y una bonificación de Q 250.00. (presione su curso en la imagén para ampliar)



Que debe hacer el trabajador si se cambia de trabajo


Cuando se produzca cese de relación laboral del trabajador antes de finalizar el período de liquidación del ISR, el patrono deberá proporcionar al empleado su constancia de retención, para que éste presente a su nuevo patrono una declaración jurada.

Que debe hacer el trabajador cuando termina su periodo fiscal

Procederá a entregar a la SAT, la planilla de Crédito de IVA para que le sellen de entregado, posterior a ello, entregar una copia al patrono para que este pueda efectuar los ajustes correspondientes.

Con la copia de la planilla el Patrono revisara si se cumplió la proyección presentada a inicios de año o hubo variaciones, posterior a ello se procede a llenar en forma definitiva la Declaración Jurada Anual de ISR ante el patrono, en la cual se determinara lo siguiente:

Si existe impuesto a pagar, entonces este será descontado de planilla para ser cancelado y declarado a la SAT.

Si existe impuesto a devolver, entonces el Patrono procederá a tramitar la devolución de ISR descontado en exceso por haber sido cubierto por la Planilla de Crédito de IVA, dicha devolución tal como lo indica el Art. 39 inciso 5 del Reglamento de la Ley indica que debe devolverse al trabajador entre el 01 de enero y el catorce de febrero de cada año.

Puede descargar el ducumento en PDF para compartirlo presionando Aqui

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martes, 3 de noviembre de 2009

Deducciones legales de los trabajadores en Relación de dependencia


Siguiendo con nuestra serie sobre el Impuesto Sobre la Renta ISR en relación de dependencia, nuestro tema versara sobre los descuentos legales a que tienen derecho los trabajadores para deducir en su Impuesto sobre la Renta.

Sin más preámbulo conozcámoslos:


La suma única de Q 36,000.00 en concepto de deducciones personales, para esta deducción no tiene que presentar ningún comprobante.


Las cuotas laborales que el trabajador aporta al IGSS y al Instituto de Previsión Militar, por jubilaciones, pensiones y montepíos.


Para los que tienen un grado académico de licenciatura y están afiliados a algún colegio profesional, pueden deducir de su ISR todos los aportes que han entregado al colegio de profesionales.


Primas de Seguros de vida no dótales, de accidentes personales y gastos médicos hospitalarios contratados con empresas autorizadas para operar en el país y con empresas extranjeras siempre y cuando estas estén sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Bancos, para distinguir entre lo que es un seguro de vida dotal y no dotal la diferencia radica en que en el seguro dotal la compañía pagará la suma asegurada de la cobertura al término del plazo contratado o antes si el asegurado fallece o bien queda incapacitado para seguir trabajando, este seguro funciona como un ahorro a largo plazo, y ofrece esa protección por fallecimiento y supervivencia.


Pensiones alimenticias fijadas por tribunal de familia y mientras sus efectos se mantengan.


Donaciones comprobables que se hagan a favor del Estado, municipalidades y sus empresas, Asociaciones y fundaciones no lucrativas de asistencia, servicio social, Iglesias, universidades la deducción máxima permitida no podrá exceder del 5% de la renta neta, ni de un monto máximo de Q 500,000.00 tal como lo vimos en el artículo anterior sobre las asociaciones civiles y hasta los que les gusta la política pueden deducir los aportes entregados a los partidos políticos.


Aguinaldo y bono 14 hasta el 100% del salario ordinario, esto quiere decir que si una persona tiene un salario ordinario de Q 2,500.00 y recibe de bono 14 y de Aguinaldo el valor de Q 3,000.00 cada uno, en este caso los Q 500.00 de excedente no están sujetos a deducción


Honorarios por gastos médicos tanto para beneficio del contribuyente como para su cónyuge o conviviente y de los hijos menores de edad, para que proceda la deducción, el profesional que lo atendió tiene que estar debidamente colegiado.


Consultas medicas, dictámenes, diagnósticos, tratamientos, exámenes de laboratorio de toda índole como por ejemplo exámenes radiológicos, patológicos, radiografías, gastroscopías, exploraciones, sonogramas, tomografías y cualquiera otros procedimientos, exámenes o estudios, sean o no invasivos del cuerpo humano, lo único que no puede deducirse son los gastos de medicina.


Internamientos o estadías en hospitales y centros de salud, servicios de enfermería y otras atenciones semejantes, siempre que el pago sea hecho directamente al hospital o centro de salud que se encuentre debidamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.


Honorarios de cirujanos, anestesiólogos y asistente a salas de operaciones y por intervenciones quirúrgicas de toda clase y naturaleza, por uso de quirófanos y otros semejantes.


Gastos de traslado, uso de ambulancias y otros medios de transporte por razón médica, así como gastos causados en salas y tratamientos de emergencias.


Gastos por rehabilitación y tratamientos de fisioterapia, siempre que hayan sido hechos por prescripción o recomendación médica, para todo lo anterior es necesario presenta la factura legal correspondiente.


Tienen derecho a un crédito a cuenta del Impuesto Sobre la Renta, por impuesto al Valor Agregado IVA. Pagado en la adquisición de bienes y servicios durante el período de liquidación definitiva del impuesto para su uso personal o el de su familia, hasta por un monto equivalente a la tarifa el Impuesto al Valor Agregado aplicada a su ingreso total obtenido en el periodo fiscal, para optar a esta deducción es necesario que a mas tardar durante los diez días hábiles del mes de enero del siguiente año, elaboren y entreguen la planilla de crédito de IVA a la Superintendencia de Administración Tributaria, posterior a ello entregar copia de dicha planilla al patrono para que este le efectúe los cálculos correspondientes a fin de lograr efectuar la acreditación. (Art. 37 “A” Dto. 26-92 Ley del ISR y Art. 12 Dto. 2006-2004 Reglamento de la Ley del ISR).


Les informo que a inicios de año, el contribuyente tiene derecho de deducir en su proyección del ISR un crédito estimado de IVA correspondiente al 50% de sus ingresos brutos del año, por ejemplo si la persona tiene un ingreso global en el año por un monto de Q 120,000.00 entonces la deducción la podrá acreditar de la manera siguiente: (Q 120,000.00 / 2 * 12% = Q 7,200.00), este es el valor que inicialmente podrá estimar, al finalizar el año con la planilla de crédito lo puede igualar o superar.


Los gastos médicos no se pueden proyectar, sin embargo en el momento que ocurran, el empleado puede hacer una nueva proyección con sus facturas, y de esa manera puede efectuar rebaja en sus ISR.


Para descarga del programa de Planilla de Crédito fiscal puede presionar Acá

Para consultas puede hacerlas Aqui


Nota. “Contamos con el servicio de elaboración de Planilla de Crédito de IVA”

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viernes, 30 de octubre de 2009

Como operar las facturas de Combustible en la Planilla del IVA


El día treinta y uno de diciembre del presente año, cierra el periodo en el cual los contribuyentes en relación de dependencias acumulan sus facturas, para luego preparar su planilla de Credito Fiscal IVA, dicha planilla se presenta durante los primeros diez dias habiles del mes de enero del 2010.

El objetivo de esta planilla es la de evitar el descuento del Impuesto sobre la renta en relación de dependencia para las personas que no se les retubo en el año o bien para recuperar el ISR a las personas que se les efectuo descuento de dicho impuesto.

Para varias personas que me han consultado sobre el tema, el día de hoy me referire a la forma correcta de como se debe de ingresar las facturas por concepto de combustible.

Haciendo un poco de memoria les mensiono que hasta el día 14 de febrero del año 2003 se autorizo el incluir el 100% de la gasolina de combustible.

Posterior a dicha fecha cuando entró en vigencia el decreto 4-2003 que reforma la ley del impuesto a la distribución de petróleo crudo y combustibles derivados de petróleo (IDP), en su artículo 3 indica que el monto de este impuesto no forma parte de la base imponible del IVA, como consecuencia, los contribuyentes deben consignar las compras de la manera siguiente:

1. Determinar la cantidad de galones comprados.

2. Para obtener el IDP pagado en la factura, la cantidad de galones comprados se multiplica por el impuesto a la distribución de combustible, según la siguiente tabla:

Gasolina superior                                                   Q 4.70
Gasolina regular                                                     Q 4.60
Gasolina de aviación                                              Q 4.70
Diesel                                                                    Q 1.30
Kerosina                                                                Q 0.50
Kerosina para motores de reacción                          Q 0.50
Nafta                                                                     Q 0.50
Fuel oil                                                                   Q 0.55
Gas licuado de petróleo a granel y en carburación     Q 0.50
Petróleo crudo usado como combustible                   Q 0.50
Otros combustibles derivados del petróleo                Q 0.50
Asfaltos                                                                  Q 0.50

Veamos un ejemplo


Compra de 10 galones de gasolina superior a Q26.95 cada galón = Valor factura = Q 269.50
IDP pagado: Cantidad galones(10) X IDP(4.70) = Q47.00
Valor factura sin IDP: Valor total factura(Q269.50) - IDP pagado(Q47.00)
 = Q 222.50
El valor a consignar en la planilla de Credito fiscal IVA es de Q 222.50


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jueves, 29 de octubre de 2009

Beneficios que traen las Asociaciones solidaristas a las Empresas


A los seguidores de este blog, el día de hoy dejo por lado la parte financiera, y contable para analizar este tema de índole laboral, sobre los beneficios que una asociación solidarista pueda traer a sus empresas y asociados, los cuales tratare de explicárselo en forma resumida, debido a que es un tema bastante amplio, poco discutido en las empresas, pero que existen en varias empresas de Guatemala.

En el entorno económico nacional, se observa que en algunas empresas se maneja una estrategia empresarial, cuyo enfoque conlleva a prevenir a que dichas compañías puedan en el futuro evitar la formación de sindicatos de trabajadores.

Esta estrategia empresarial se le denomina “Asociaciones Solidaristas”.

Las asociaciones solidaristas, son un grupo de trabajadores integrados, cuyo fin consiste en crear una Junta Directiva, una vez formada la asociación solidarista, dicha asociación descuenta cuotas voluntarias a sus asociados, por cada aporte que efectúe el asociado, el patrono contribuye a una parte para formar un fondo por asociado.

Cuando nos referimos a el solidarismo podemos decir que este se deriva de la palabra solidaridad, que se entiende como unidad, integración; es la unión de personas que se organizan con la finalidad de conseguir el desarrollo integral para ellas, para su empresa y para sus familiares. La solidaridad puede analizarse como un hecho social y como un deber, ya que su fundamento es el amor, la fraternidad y por ende, es obligación de cada una de las partes involucradas, actuar siempre bajo estos principios con el objetivo de contribuir con el desarrollo social del ser humano. Esto significaría que en beneficio de la relación obrero – patronal, los dos se esforzaran, uno por producir y el otro por mantener su palabra.

Este sistema “pretende fomentar la producción, democratizar el capital y satisfacer las aspiraciones o necesidades de empresarios y trabajadores. Su filosofía es contraria a la lucha de clases. Considera que debe unirse el capital y el trabajo, el patrono y el trabajador, para juntos incrementar la producción y mejorar las condiciones socioeconómicas de los trabajadores, el aporte de la empresa no es una donación, sino que corresponde a un adelanto sobre la cesantía del trabajador, que se le entrega a este junto con el ahorro y el respectivo rendimiento una vez que deje la empresa.

Se forma así un Fondo de Ahorro, a nombre de los trabajadores, quienes lo administran por medio de una Directiva con el fin de brindarles todo un plan donde su desarrollo económico, social y espiritual fomente empresarios que manejen sus ahorros de la mejor manera posible y además tengan acceso a préstamos y beneficios varios.

Cuando algún empleado deja la empresa voluntariamente o por despido, se le da inmediatamente el fondo de ahorro acumulado a su nombre, constituido por sus ahorros y el del patrono. El solidarismo no tiene compromisos políticos, partidistas, religiosos o ideológicos, pero anima a sus integrantes a apoyar y fortalecer la democracia. Pretende convertir la empresa capitalista o burguesa en una institución ético-económica, en cuyo seno se produzcan eficientemente y se distribuya con equidad.

Se propone unir sólida y fraternalmente a patronos y trabajadores para que ayudándose mutuamente logren un mayor bienestar al obtener una elevada producción y un equitativo reparto. Se propone también, cooperar en el mejoramiento de las relaciones para que más fuertemente pueda hacer frente a las doctrinas que incitan al odio, la lucha de clases y que conducen a la servidumbre; para que comprendan que en la defensa de la empresa, defienden sus propios intereses, y que los verdaderos enemigos de trabajadores y patronos, son la pobreza y la ignorancia.

El solidarismo funciona con la representación paritaria de representantes empresariales y dirigentes solidaristas en todos los órganos de dirección y con el aporte económico equitativo y proporcional de unos y otros.
Aspectos como la revolución en la productividad y la pérdida de plazas de trabajo en nuevos mercadeos y lugares son aspectos que tiene muy presente el solidarismo en la actualidad para disminuir y si es posible erradicar el desempleo.

Principios y fines del Solidarismo

El Solidarismo se fundamenta en los principios de dignidad del ser humano, dignidad del trabajo, de libertad, de justicia y de solidaridad.

Esto quiere decir que el solidarismo rechaza, de principio la lucha de clases, propia del marxismo-leninismo, así como toda tendencia estatizante que, poco a poco, anula o reduce la libertad del ser humano.

El concepto de solidaridad se refiere no solo a los trabajadores entre sí, sino a la relación armoniosa y respetuosa entre estos y la empresa. De este modo, la empresa no es ya un lugar de confrontación, sino una comunidad humana, en la que el ser humano- sea trabajador, administrador o empresario - constituye el valor principal, y por lo tanto, la razón de la productividad y del desarrollo.
El solidarismo procura, por medio de las asociaciones solidaristas, la justicia, la paz social, la armonía obrero-patronal y el desarrollo integral de los trabajadores, esto es, el desarrollo material y el espiritual.

"Gracias al Solidarismo, los trabajadores y los patronos encontraron un medio para resolver sus conflictos en forma pacífica y sin presiones, por medio de la armonía y el diálogo. El éxito del movimiento solidarista se ha alcanzado sin detrimento de la justicia social, y ha repercutido en el mejoramiento de las condiciones de vida del trabajador.

BENEFICIOS GENERALES DE LAS ASOCIACIONES SOLIDARISTAS

El plan solidarista garantiza su éxito, por ser un plan real, práctico, operante e integral.

Es real, porque proporciona garantías económicas por medio del plan de ahorro solidarista y su capitalización a través del aporte patronal. Dentro del solidarismo los valores económicos no son un fin, si no un medio.

Es práctico, porque su sistema de ahorro y capitalización y sus objetivos se establecen dentro de la misma empresa. Su ingreso y participación son voluntarios y se trabaja con mecanismos sencillos y eficaces.

Es operante, porque es un sistema que ha comprobado y se trabaja con mecanismos sencillos y eficaces. Es un sistema que ha comprobado su eficiencia en diferentes empresas de Guatemala. Son los mismos trabajadores los que se interesan por el desarrollo de las asociaciones, al apreciar los muchos beneficios que les representan, fortaleciendo así la empresa, y aumentando la productividad por la armonía obrero-patronal.

Es integral, porque sus beneficios son para todos los integrantes de la empresa y en todas las áreas posibles, por que procura el desarrollo integral del trabajador, de su familia y por ende de la empresa en la que labora.

BENEFICIOS PARA LA EMPRESA

Robustecer el área financiera, al crear reserva para el pago de futuras prestaciones legales.
Obtención de bienes y servicios provenientes de las empresas periféricas.
Disminución de la rotación de personal, derivado a los múltiples beneficios recibidos por los trabajadores.
Instrumento para lograr mejor comunicación entre el sector empresarial y laboral.
Armónica relación obrero-patronal, basada en la solidaridad y búsqueda de objetivos comunes, reconociendo su interdependencia.
Cooperación de los esfuerzos individuales en busca del bienestar general de la empresa.
Apoyo al sistema de libre empresa, como el mejor sistema de producción de riqueza, para trabajadores y empresarios.
Mayor productividad, como resultado de la armonía laboral y cooperación bipartita.

Estos beneficios requieren de un esfuerzo por parte de la empresa:

La erogación de dinero que debe hacer al dar su aporte patronal; aunque es más bien una inversión, pues se convierte en una reserva para futuras indemnizaciones.
La inversión de tiempo que la alta gerencia deberá hacer para fortalecer las relaciones laborales.

BENEFICIOS PARA EL TRABAJADOR

Acceso de los trabajadores a los medios de producción y por tanto, oportunidad de convertirse también en empresarios.
Herramienta para el desarrollo integral del trabajador y de su familia.
Fomento del hábito de ahorro y posibilidad de disponer de mayor capital para hacer mejores inversiones.
Planes de crédito, por medio del Plan de Ahorro Solidarista, que ayuda al trabajador a solventar sus necesidades más inmediatas.
Armonía laboral, que desarrolla mayor satisfacción y motivación de trabajar en la empresa.
Autonomía absoluta en el manejo de la Asociación y libertar de adhesión o retiro de la misma.

SERVICIOS PRESTADOS POR LAS ASOCIACIONE SOLIDARISTAS

Entre los beneficios que hemos logrado investigar por medio de encuesta sobre estas asociaciones, se encuentran actividades que promueven el desarrollo integral del socio y su familia, que al mismo tiempo proyectan a la comunidad. Entre las actividades están las siguientes:

Comisariato o tienda de consumo
Ahorro y crédito
Venta de línea blanca
Venta de electrodomésticos
Proyectos de vivienda
Becas escolares
Centros de Alfabetización
Clínicas médicas
Campeonatos deportivos
Actividades sociales
Seguros colectivos
Bibliotecas
Guarderías
Comedores

ESTRUCTURA DE UNA ASOCIACION SOLIDARISTA

Entre su estructura encontramos la Asamblea General de socios, como máxima autoridad de la Asociación, La Junta Directiva que es la encargada de cumplir las instrucciones emanadas por parte de la Asamblea general de socios, Administrador de la Asociación que es la persona designada para representar dicha asociación, esta persona puede ser empleado o no de la empresa, posterior a ello se encuentran los comités necesarios para que dicha Asociación funcione como una persona jurídica, Es sano tener auditores internos y externos así como sus asesores, para lograr una eficiente administración y control interno de la asociación.



BASES JURIDICAS DE LAS ASOCIACIONES SOLIDARISTAS

Según el artículo 34 de la Constitución política de la república de Guatemala, establece como un derecho para la persona, la libre asociación, asimismo el artículo 3 del Código civil Guatemalteco, indica que las asociaciones y fundaciones son personas jurídicas, esto quiere decir que es una persona distinta a los miembros que la integran, pueden ejercitar todos los derechos y contraer las obligaciones que sean necesarios para realizar sus fines y será representada por la persona u órgano que designe la ley, las reglas de su institución, sus estatutos o reglamentos, o la escritura social. (Art. 16 Código Civil).

Para conocer las obligaciones legales, administrativas, fiscales y laborales de toda asociación solidaristas, pueden leer el artículo escrito por mi persona sobre las Obligaciones de las Asociaciones civiles en Guatemala, ya que una Asociación solidarista es una Asociación civil y una persona jurídica.

Su servidor ha tenido la oportunidad de aperturar y asesorar algunas Asociaciones solidaristas en Guatemala y me ha llenado de satisfacción ver como los trabajadores han puesto su esperanza y confianza a dichas asociaciones, con el fin de obtener un mejor futuro para el y su familia, de la misma manera para la empresa donde labora, ya que queda muy identificado con la empresa en aspectos de trabajar por la misión, visión y creencias de la compañía.

Con la existencia de las Asociaciones solidaristas, las compañías ya no recurren a endeudar a sus colaboradores afiliándose y afiliándolos a instituciones de créditos con supuestos beneficios de crédito, de los cuales los intereses han sido elevados con ello comprometiendo el futuro de los colabores y de sus codeudores, que en varias empresas a desencadenado en problemas y malestar entre los colaboradores.

Concluyo informándoles que una Asociación solidarista es una importante herramienta que puede utilizar la empresa para evitar que en ella se logre formar un sindicato de trabajadores.

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miércoles, 21 de octubre de 2009

Cuidado que debe tener el CPA con el Lavado de Dinero y otros Activos


En el mes de septiembre del corriente año, la Intendencia de Verificación Especial (IVE), presento una denuncia por más de mil millones de quetzales, cometido por 13 empresas dedicadas a la importación de cardamomo.


Lo curioso de este asunto es que dichas empresas no existieron físicamente, se trata solamente de empresas creadas solo en papel, con la intención premeditada de blanquear o lavar dinero obtenido de actividades ilícitas.

Según Prensa libre del 23 de septiembre del corriente año, en el Registro Mercantil aparece como sede social de cuatro de esas compañías la oficina 616 del edificio Aristos Reforma.

 
En el Registro Mercantil aparece como sede social de otras seis firmas la 10a. avenida 17-83 de la colonia La Reformita, zona 12.

 
Que es el lavado de dinero?

El lavado de dinero (también conocido en algunos países como lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de dinero, blanqueo de capitales o legitimación de capitales) es el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales (tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, desfalco, fraude fiscal, crímenes de guante blanco, prostitución, malversación pública, extorsión, trabajo ilegal y últimamente terrorismo). El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles, consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero.

Como producto de actividades ilegales, el dinero negro puede ser un indicio de dichas actividades (la persona tiene una riqueza que no puede explicar). En estos casos, al procedimiento mediante el cual el dinero negro se hace pasar por dinero obtenido legalmente se le denomina blanqueo de capitales (lavado de dinero), y su objetivo es hacer que ese dinero tribute y figure oficialmente como procedente de una actividad lícita.

 
A continuación se dan a conocer los procedimientos más comunes de lavado de dinero:

 
  • Estructurar o “Trabajo hormiga”: Los individuos que forman parte del lavado de dinero dividen o “estructuran” las grandes sumas de dinero (adquiridas por ilícitos) y las reducen al monto preciso en el cual las transacciones no son registradas. Estas transacciones se realizan por un período limitado en distintas entidades financieras.  
  • Complicidad de un funcionario u organización: Existen ocasiones en las cuales los empleados de las instituciones financieras colaboran con el lavado de dinero omitiendo informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos.
  • Mezclar: Esta es una herramienta que utilizan las organizaciones de lavado de dinero quienes juntan los dineros recaudados de las transacciones ilícitas con los capitales de una empresa legal y luego se presentan todos los fondos como rentas de la empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas sumas de dinero. 
  • Compañías de fachada: Hay ocasiones en las cuales quienes forman parte del lavado de dinero, crean empresas y/o compañías legales, las cuales utilizan como fachada para llevar a cabo el lavado de dinero. 
  • Compras de bienes o instrumentos monetarios con productos en efectivo: Las organizaciones de lavado de dinero con el dinero generado por sus delitos usualmente realizan inversiones en bienes como autos, bienes raíces, etc (los que son usados para cometer más ilícitos) en la mayoría de las veces el individuo que efectúa la compra de estos productos al blanqueador de activos lo hace teniendo conocimiento de causa o también cabe la posibilidad de que este sea parte de la organización de lavado de dinero.
  • Contrabando de efectivo: Es el transporte del dinero conseguido del lavado de dinero hacia el exterior. Existen algunas ocasiones en las cuales los blanqueadores de activos mezclan el efectivo con fondos transportados de otras empresas, para así no dejar rastro del ilícito. 
  • Transferencias bancarias o electrónicas: Las organizaciones de lavado de dinero utilizan la web para mover fondos provenientes del lavado de dinero de un lado para otro y así no dar cuenta de las altas sumas de dinero en movimiento. Además, generalmente los blanqueadores de activos realizan varias veces trasferencias de fondos para luego hacer más difícil detectar de donde provienen los fondos.
  • Cambiar la forma de productos ilícitos por medio de compras de bienes o instrumentos monetarios: como una forma que las organizaciones de lavado de dinero no sean descubiertas estas cambian los productos ilícitos de una forma a otra, una y otra vez para que así no sean rastreados y además cada vez que realizan estos cambios van disminuyendo los montos para que no sean tan evidentes.
  • Venta o exportación de bienes: Los individuos que forman parte del lavado de dinero ponen en venta en el exterior los bienes que han adquirido a través del lavado de dinero, y así hacer más difícil el rastreo.
  • Ventas fraudulentas de bienes inmuebles: La organización de lavado de dinero realiza compras de bienes a un precio muy por el debajo del costo real de la propiedad y la diferencia del monto real se la paga al vendedor ilegalmente, para que luego el blanqueador de activos venda la propiedad en el precio que corresponde y así comprobar ingresos. 
  • Establecimiento de compañías de portafolio o nominales (“Shell Company”): Los individuos que forman parte del lavado de dinero crean compañías de portafolio, las que sólo existen en el papel y sirven como disfraz para realizar movimientos ilícitos. 
  • Complicidad de la banca extranjera: Hay casos en que las organizaciones de lavado de dinero gozan de la colaboración de las instituciones financieras (a sabiendas o por ignorancia) que están fuera del país, dándole una justificación a los fondos originados por el lavado de dinero.
  •  Transferencias inalámbricas o entre corresponsales: Las organizaciones de lavado de dinero pueden tener varias sucursales en distintos países, por lo tanto la transferencia de dinero de una a otra no resulta sospechosa.
  • Falsas facturas de importación / exportación o “doble facturación”: Por lo general los que operan en el lavado de dinero sobrevaloran los montos de las exportaciones e importaciones. 
  • Garantías de préstamos: El individuo que forma parte del lavado de dinero adquiere préstamos de forma legal, con estos el blanqueador de activos obtiene bienes los cuales a los ojos de las autoridades han sido alcanzados con dineros lícitos.
  • Estructurar: Uno o varios individuos hacen múltiples transacciones con fondos ilegales por cierto período de tiempo, en la misma institución o en varias instituciones financieras.
  • Complicidad de un funcionario u organización: Cuando los empleados de las instituciones financieras o comerciales facilitan el lavado de dinero al aceptar a sabiendas grandes depósitos en efectivo, sin llenar ni presentar los informes de transacciones en efectivo cuando es necesario, llenando ITE falsos, exceptuando incorrectamente a los clientes de llenar los formularios requeridos. 
  • El lavado de activos por medio del robo de identidad.
  • Compañías corredoras de seguros que captaban fondos sin estar autorizadas para operar en Guatemala.

Formas que han utilizado los blanqueadores de dinero por medio de las aseguradoras:

 

  
PASO 1: Una persona acude a un corredor de seguros o empresa aseguradora, donde compra y paga con dinero en efectivo una póliza por un año, sin importar su costo.

 
PASO 2: Al mes, regresa y dice que ya no está interesado en la póliza, por lo que solicita el reembolso del dinero, aunque se le descuente el pago de la primera mensualidad y otros recargos.

 
PASO 3: La aseguradora le emite un cheque de la devolución del dinero, en el cual justifica la operación de reembolso.

 
PASO 4: El dinero en efectivo fue lavado por medio del cheque y es empleado para hacer otras transacciones, aparentando ser lícito.

 

El proceso de lavado de dinero pasa por ciertas ETAPAS:

  
1. Colocación:

Es el estudio previo del sistema financiero que debe hacer el agente del lavado, a fin de distinguir las agencias de intermediación financiera que resultan más flexibles al control de las operaciones que realizan sus clientes. Para, luego depositar en aquellas el dinero sucio y obtener instrumentos de pago como chequeras, etc. 
 

2. Intercalación:

El agente del lavado intercala sucesivas operaciones financieras o comerciales utilizando los instrumentos de pago que recibió del sistema financiero en la etapa anterior de colocación. Con ellos la mayoría de veces, el agente va a adquirir inmuebles, vehículos, etc. Y luego estos bienes van a ser revendidos a terceros incluso por debajo de su precio, pero con una particular exigencia, que no sean pagados en dinero en efectivo, sino a través de cheques o mediante permuta con acciones u otro tipo de bienes.

  
3. Integración:

Finalmente, concluye el ciclo del lavado con esta etapa. Se realiza la inserción del dinero ya "lavado" por las etapas precedentes, en nuevas entidades financieras o su repatriación del extranjero.

  
Seguidamente, ser invertido en empresas legítimas, reales o simuladas, pero que están dotadas de sus correspondientes registros contables y tributarios, lo cual hará que el capital originariamente ilegal pueda expresar ahora una legitimidad ostensible y verificable frente a cualquier medio o procedimiento de control contable o tributario convencionales.

  
Según los especialistas de la Federación Bancaria Europea, posición que por lo demás coincide con la opinión de los expertos de la INTERPOL y de las Agencias Norteamericanas de Control de Drogas, solamente en la primera fase o etapa de colocación es posible detectar y descubrir "eficazmente" un acto de lavado de dinero.

 

Si el dinero ilegal logra penetrar el sistema financiero, resulta poco probable identificar, luego, con certeza, la procedencia ilícita de los bienes o capitales involucrados. Ello se debe, fundamentalmente, como ya se anotó, al hecho de que durante la etapa de intercalación las operaciones comerciales y financieras se ejecutan con extrema rapidez y variedad.

  
Pero en el proceso de blanqueo, el lavador de dinero utiliza mucho los Instrumentos financieros que también son usados por las empresas comerciales legítimas. Los siguientes elementos son algunos de los instrumentos para el lavado de dinero más frecuentemente usados:

 

1. Dinero en circulación: El dinero en circulación, o efectivo, es el medio común de intercambio en la transacción criminal original (como por ejemplo, venta de narcóticos, etc.). El dinero en circulación es el componente básico que el lavador procesa para su cliente. El lavador se enfrenta con la elección básica de intentar colocar el dinero dentro del sistema financiero sin ser detectado por las autoridades o contrabandear el dinero fuera del país.

 

 
2. Cheques de gerencia: Un cheque de gerencia es un cheque que el banco libra contra sí mismo. Es relativamente fácil de conseguir y poco costoso y se lo considera tan bueno como dinero en efectivo. Muchos lavadores de dinero adquieren cheques de gerencia con productos ilegales en efectivo, como uno de los primeros pasos de un esquema de lavado de dinero.

  
2.1. Cheques personales: Son cheques librados contra una cuenta individual o de una entidad de comercio. Estos instrumentos son fáciles de obtener y baratos. En algunos esquemas, el dinero está estructurado en cuentas bancarias personales mantenidas bajo nombres ficticios.

 

El lavado de dinero controla las chequeras y envía cheques endosados y completos como medio de transferir dinero. A menudo los cheques muestran sólo un nombre y ninguna otra identificación personal.

  

2.2. Giros: Un giro es emitido por bancos o por operadores de compañías que emiten giros. Generalmente son utilizados por individuos que no tienen una cuenta corriente, para pagar cuentas o enviar dinero a otra localidad. Como generalmente no se pide a los compradores que se identifiquen (a través de números de cuentas o documentos de identificación).

  
También tenemos los Giros bancarios; que son cheques librados por un banco contra sus propios fondos, los cuales están depositados en otro banco con el cual mantiene relación de corresponsalía. Uno de los giros bancarios más usados en el lavado de dinero es el giro bancario del extranjero.

  
Técnicas anti-lavado de dinero

 

 Son muchas las formas por medio de las cuales los países han buscado la posibilidad de combatir el lavado de dinero firmemente.

 

 La creación de variadas organizaciones para luchar contra estas malas prácticas financieras, como por ejemplo en Guatemala, la creación de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), la cual según el artículo 32 de la LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U OTROS ACTIVOS establece:

  
Se crea dentro de la Superintendencia de Bancos la Intendencia de Verificación Especial, que podrá denominarse solo como Intendencia o con las siglas –IVE-, que será la encargada de velar por el objeto y cumplimiento de esta ley y su reglamento, con las funciones y atribuciones que en los mismos se establece.

 

 Funciones. Son funciones de la Intendencia de Verificación Especial, las siguientes:

 

 a) Requerir y/o recibir de las personas obligadas toda la información relacionada con las transacciones financieras, comerciales o de negocios que puedan tener vinculación con el delito de lavado de dinero u otros activos.

  
b) Analizar la información obtenida a fin de confirmar la existencia de transacciones sospechosas, así como operaciones o patrones de lavado de dinero u otros activos.

  
c) Elaborar y mantener los registros y estadísticas necesarias para el desarrollo de sus funciones.

 

 d) Intercambiar con entidades homólogas de otros países información para el análisis de casos relacionados con el lavado de dinero u otros activos, previa suscripción con dichas entidades de memoranda de entendimiento u otros acuerdos de cooperación.

 

 e) En caso de indicio de la comisión de un delito presentar la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes, señalar y aportar los medios probatorios que sean de su conocimiento u obren en su poder.

 

 f) Proveer al Ministerio Público cualquier asistencia requerida en el análisis de información que posea la misma, y coadyuvar con la investigación de los actos y delitos relacionados con el delito de lavado de dinero u otros activos.

 

 g) Imponer a las personas obligadas las multas administrativas en dinero que corresponda por las omisiones en el cumplimiento de las obligaciones que les impone esta ley.

  
h) Otras que se deriven de la presente ley o de otras disposiciones legales y convenios internacionales aprobados por el Estado de Guatemala.

 

 Entre otras medidas que ha tomado la IVE esta la de implementar el reporte de compra en efectivo por US$10 mil para actividades de comercio, como adquisición de vehículos, joyas, bienes inmuebles, arte y antigüedades.

 

 Nuestro compromiso y responsabilidad como Contadores públicos y auditores, al momento de que una empresa contacte nuestros servicios es la de verificación de todas las operaciones de la empresa por ejemplo, la solicitud de los presentes documentos:

 

  • Patente de Comercio de la Empresa 
  • Patente de Comercio de Sociedad 
  • Escritura de Constitución 
  • Inscripción al Registro Tributario Unificado (RTU) 
  • Nombramiento Representante legal, en caso de Ser sociedad 
  • Conocer físicamente del negocio 
  • Revisión libros contables con integraciones 
  • Revisión inventarios de mercadería 
  • Revisión de formularios pago de impuestos

 No pretendemos ser policías, pero para evitar tener problemas con la ley ya que existe responsabilidad penal y gremial para todo auditor que dictamine estados financieros y la empresa resulta ser fraudulenta.

  
Las sanciones pueden ser las siguientes:

 

 Gremiales

 Ref. Art. 56 del Código de Ética. 

  • Amonestación Privada
  • Amonestación Pública 
  • Suspensión temporal
  • Expulsión definitiva 

 Penales

 

 Estafa mediante informaciones contables, lo podría cometer el auditor, perito contador, experto, director, gerente, ejecutivo, representante , intendente, liquidador, administrador, funcionario o empleado de entidades mercantiles, bancarias, sociedades o cooperativas, que en sus dictámenes o comunicaciones al público, firmen o certifiquen informes, memorias o proposiciones, inventarios, integraciones, estados contables o financieros, y Consignen datos contrarios a la verdad o a la realidad o fueren simulados con el ánimo de defraudar al público o al Estado. Los responsables, serán sancionados con prisión inconmutable de uno a seis años y multa de cinco mil a diez mil quetzales.

 

En conclusión cuando el Contador público y auditor no tenga acceso a todas las fuentes de información de la empresa, es preferible perder el negocio, lo cual en concreto logra ser una ganancia para el auditor, ya que protege su honor y su integridad.

 

El autor de dicho artículo en lo personal ha tenido que dejar atractivos negocios por el hecho de no lograr obtener la evidencia suficiente de que las operaciones de la empresa son reales, es preferible renunciar a ingresos rentables a cambio de tener tranquilidad personal, a menudo he contactado empresas que solicitan dictámenes en tiempo record sin demostrar evidencia, bien sabemos los auditores que para auditar una empresa en promedio se estaría conversando de unos tres meses por lo mínimo, tiempo en el cual se logra comprobar que la información que presentan las empresas son razonables.

 

La recomendación personal para todos los auditores es que no se dejen deslumbrar por los honorarios que un cliente le pueda dar, ya que no hay dinero en el mundo que pueda comprar la reputación y el buen nombre del Contador público y auditor.

 

Si desea descargar la ley contra el Lavado de dinero y otros Activos puede hacerlo presionando el siguiente link:

 

 
Descarge el texto en PDF:
 
 
 


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