domingo, 31 de enero de 2010

Obligaciones legales mes de febrero

Para los seguidores de este blog, aprovecho el espacio para darles a conocer dos importantes obligaciones para cumplir exclusivamente en el mes de febrero 2010.

INFORME ESTADISTICO DEL MINISTERIO DE TRABAJO

Que es el informe estadístico?

Según el Ministerio de trabajo El informe del Empleador es un instrumento con fines estadísticos que permite obtener indicadores generales sobre: trabajo, ocupación, empleo, actividades económicas, salarios, otras prestaciones económicas, sindicalización y migraciones desagregadas por edad, sexo, etnia, área (rural – urbana); en el ámbito nacional de la República de Guatemala.

Quienes deben presentarlo?

Todos los patronos que tengan bajo a su cargo trabajadores tienen que presentar ante el Ministerio de trabajo el informe estadístico, la fecha máxima para la presentación de dicho informe es el 26 de febrero del año en curso.

Nos dice el artículo 61 del Código de trabajo. Además de las contenidas en otros artículos de este Código, en sus reglamentos y en las leyes de previsión social, son obligaciones de los patronos:

Enviar dentro del improrrogable pazo de dos primeros meses de cada año a la dependencia administrativa correspondiente del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, directamente o por medio de las autoridades de trabajo del lugar donde se encuentra la respectiva empresa, un informe…

Como obtenerlo?

Para obtener información de cómo obtener y llenar dicho informe puede presionar  Acá:

Se sugiere a todos los empresarios, Jefes de Recursos Humanos, Jefes de personal, Contadores  Administradores, tomar nota de dicha disposición para evitarse multas u sanciones

DECLARACION JURADA ANUAL IVA PEQUEÑO CONTRIBUYENTE

Para los pequeños contribuyentes del Impuesto al valor Agregado IVA, se les recuerda que para finales de febrero vence la declaración jurada Anual de IVA por lo que es necesario prepararse y llenar los formularios pertinentes.

Si tienen duda bajo qué régimen están inscritos, pueden revisar su constancia de inscripción en la SAT o bien pueden solicitar su actualización en cualquier agencia de la SAT para verificar si ustedes se encuentran bajo dicho régimen y procede presentar la declaración jurada anual

Para los que tienen Bancasat y quieren presentar su declaración pueden hacerlo Aquí
Si le pareció de utilidad el documento puede descargarlo en PDF y compartirlo presionando Acá 
Para compartir en Facebook puede hacerlo Acá abajo

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