lunes, 29 de marzo de 2010

NOTICIAS TRIBUTARIAS MARZO 2010

A los siguidores de este blog, aprovecho la oportunidad para darle a conocer noticias recopiladas de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT sobre cambios de formularios y fechas de vencimiento impuestos:

El nuevo formulario SAT-1249 release 1.0 electrónico “Declaración Jurada Mensual Régimen Especial del Impuesto Sobre la Renta” que sustituye al formulario SAT-1045.

El nuevo formulario SAT-1197 release 1.0 electrónico “Declaración Jurada Anual y Recibo de Pago” que sustituye al formulario SAT-1198.

El nuevo formulario SAT-1025 release 1.0 electrónico "Declaración Jurada Trimestral del Impuesto Sobre la Renta" que sustituye al formulario SAT-1026.

Los cuales se encuentra a su disposición en Asiste Light y Web para trasmitir vía BancaSAT a través de los bancos autorizados.

Los cambios de los formularios se derivan para dar cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto 73-2008 del Impuesto de Solidaridad, en su Art.11 literal a) , el cual refiere:

“El monto del Impuesto de Solidaridad, pagado durante los cuatro trimestres del año calendario, conforme los plazos establecidos en el Articulo 10 de esta Ley, podrá ser acreditado al pago del Impuesto Sobre la Renta hasta su agotamiento durante los tres años calendario inmediatos siguientes, tanto el que debe pagarse en forma mensual o trimestral, como el que se determine en la liquidación definitiva anual, según corresponda.

Por lo antes mencionado y al hacer referencia de la acreditación del IS en la declaración mensual o trimestral y en la liquidación definitiva anual, que para el efecto se crea en los formularios del ISR las nuevas casillas “(-) IS pagado en año calendario anterior, según Decreto 73- 2008” . Para uso exclusivo de los contribuyentes.

Nuevo formulario del IVA

La SAT informa a todos los contribuyentes sobre el nuevo formulario del Impuesto al Valor Agregado.

La SAT , informa a todos los contribuyentes sobre el nuevo formulario del IVA, SAT-2239 release 1.0 electrónico "Declaración y Recibo de pago mensual del Impuesto al Valor Agregado" (para contribuyentes que realicen exclusivamente operaciones locales).
 

Recordatorio para Contribuyentes calificados como exentos

La SAT hace del conocimiento a Contribuyentes calificados como exentos que:

Deben presentar, SIN EXCEPCIÓN, la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta del Período 2009.

Esta declaración debe presentarse bajo juramento de decir verdad, aún cuando se trate de personas cuyas rentas estén parcial o totalmente exentas. (1)

El incumplimiento en la presentación de la declaración antes mencionada, conlleva sanciones para el contribuyente. (2)

Lunes 5 de Abril de 2010 es el vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta.

(1) Artículo 54 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Decreto número 26-92 del Congreso de la República.

(2) Artículo 94, numeral 9 del Código Tributario, Decreto número 6-91 del Congreso de la República.

La Superintendencia de Administración Tributaria, informa a:


Todos los Agentes de Retención del Impuesto Sobre la Renta que efectúan retención a empleados en relación de dependencia que según Acuerdo de Directorio Número 5-2009 publicado en el Diario Oficial de Centroamérica, el 6 de abril de 2009, el uso OBLIGATORIO de la herramienta RetenISR.

Derivado de lo anterior, deberán presentar por medio del sistema electrónico BancaSAT los formularios que genera la herramienta RetenISR versión 3.1, SAT-1088 Conciliación Anual de Retenciones Practicadas a Empleados en Relación de Dependencia y el formulario SAT-1078 Declaración Jurada Anual de Conciliación de Retenciones, Efectuadas a Empleados en Relación de Dependencia, del período de enero a diciembre 2009.

El vencimiento para la presentación de los formularios en mención es el 05 de abril de 2010.

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