lunes, 11 de octubre de 2010

SUSPENSION TEMPORAL DISPOSICION SAT


A los seguidores de este Blog, aprovecho este espacio para informarles que el día 07 de octubre salió publicado en el diario oficial la suspensión provisional de la disposición general emitida por el Superintendente de Administración Tributaria, Rudy Baldemar Villena sobre la cual a los trabajadores que se desempeñan en relación de dependencia no se les podía aceptar como gasto deducible del ISR los aportes para fondos de pensiones para el retiro realizados a las Entidades Financieras del País. El expediente es el No. 3458-2010.

Por lo que según la presente disposición quedan deducibles dichos aportes, todavía se espera que la SAT se pronuncie al respecto y de no encontrarse un respaldo real se tomara por derogada la disposición.

Mencionamos que este es el segundo amparo efectuado contra la Superintendencia de Administración tributaria, ya que el primero fue el otorgado al Procurador de los Derechos Humanos sobre el bloqueo del NIT a las personas que no se encontraban solventes en su impuesto de Circulación de vehículos.
Creemos que para el siguiente año habrá más amparos para dicha institución está por ejemplo las Disposiciones para Contadores.

Adjunto a la presente les dejo copia del expediente 3458-2010.



6 comentarios:

  1. Dado que esto fue publicado el 7 de Octubre y la SAT tuvo 15 días para pronunciar su respuesta, ¿Cuál es el dictamen definitivo?
    Saludos,

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  2. Mucho gusto, efectivamente el plazo ya se cumplio, pero al día de hoy todavía sigue suspendido temporalmente, por lo que como estamos en un lugar de mucho papeleo y legalismo, la CC debería publicar la suspención definitiva, solamente así ya no correriamos ningún riesgo para incluir lo de los aportes a los fondos de pensiones. Saludos

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  3. Será que sigue vigente, estoy ahorita entre incluir o no mi fondo de retiro, alguien esta actualizado al 10 de Enero del 2011? podemos adjuntar los fondos de retiro?

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  4. Buen día Eduardo, te comento que hasta el día de hoy sigue igual que los comentarios, la SAT no se pronuncio sobre la suspención de no aceptar los fondos de pensiones al menos para el 2010. Solamente hay que tener cuidado en los documentos que otorgue el Banco tienen que decir tal como la ley lo requiere "Fondo de Pensiones y jubilaciones" aunque te comento que algunas firmas de Auditoria son del criterio que no se pueden utilizar por lo que hay que tener mucho cuidado en este tipo de aportes, que tengas buen día, saludos

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  5. Para servirle José que tenga buena tarde:

    Saludos

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