lunes, 21 de febrero de 2011

SUGERENCIAS FISCALES 2011

Como recordarán el día 17 de febrero del 2011 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo No. 46-2011 donde se autorizaba una reducción gradual de Multas y recargos, para ver la nota presionar Aca.

En esta oportunidad me permito sugerirle a los contribuyentes, a efecto de estar al día con las obligaciones tributarias que puedan visitar el área de Cobro Administrativo en las oficinas de la SAT, lo anterior con el objeto que puedan verificar si no tienen algún Omiso el cual puedan solventar, les sugiero dicha medida ya que muchas veces los omisos no llegan a la dirección de los contribuyentes sea porque no tienen actualizada la dirección fiscal o bien que por parte de la SAT nunca se mando dicho aviso.

De tener algún Omiso pueden aprovechar en ventilarlo con la exoneración de multas

En mi experiencia según pensaba tenía todo en orden, por curiosidad me acerque a una Agencia de la SAT pedí un status de mis obligaciones fiscales y aparecía que tenía dos declaraciones de impuestos pendientes de entregar, aproveche y limpie de una vez mi cuenta.

OBLIGACIONES FISCALES POR VENCER

Les hago el recordatorio que para el día 28 de febrero del 2011 vence la presentación de las siguientes obligaciones

 Pago Boleto de Ornato 2011

 Declaración Jurara Anual de IVA pequeño Contribuyente

 Presentación Informe Estadístico del Ministerio de Trabajo

 IVA Declaración Mensual operaciones enero 2011


Para el 31 de marzo tenemos las siguientes obligaciones


 ISR Declaración Jurada anual sobre operaciones al 31 de diciembre 2010

 Conciliación anual de Retenciones del ISR en Relación de dependencia.

 IVA Declaración mensual mes de febrero 2011
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jueves, 17 de febrero de 2011

EXONERACION PARCIAL DE MULTAS Y RECARGOS

Cumpliendo con nuestra visión de informar en forma puntual oportuna y veraz, me permito comunicarles que el día de hoy fue publicado en el Diario oficial el Acuerdo Gubernativo 46-2011 donde se autoriza a la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, para que a solicitud de los contribuyentes o responsables proceda a exonerar parcialmente las multas y recargos en que hayan incurrido en Guatemala en todos los periodos de imposición hasta el 31 de diciembre 2010.

PLAZOS PARA LA EXONERACION

95% de multas y recargos si el pago del impuesto, multas y recargos se realiza durante el inicio de vigencia de la ley hasta el 31 de marzo 2011

90% en el mes de abril

85% en los meses de mayo y junio 2011

75% en los meses de julio y agosto 2011

Estas exoneraciones pueden aplicarse tanto a los contribuyentes que se encuentren en los procesos administrativos judiciales en cualquier instancia que se presente incluso a los que tienen convenio de pago con la SAT.

El Acuerdo Gubernativo se publico el día de hoy y según indica en su contexto entrará en vigencia cinco días después de su publicación en el Diario Oficial.

Esperando esto sea de motivación para los contribuyentes que desean poner sus cuentas al día con la

Saludos Cordiales

Francisco Rodas.

martes, 8 de febrero de 2011

CONSIDERACIONES A TOMAR EN CUENTA PARA EL CIERRE 2010

Nos acercamos al cierre anual de ejercicio contable año 2010, por lo que les dejo unas sugerencias a tomar en cuenta antes de efectuar su cierre contable y de efectuar su declaración Jurada Anual de ISR, los cuales son los siguientes:

Caja y Bancos, es necesario velar para que los saldos de las cuentas bancarias se encuentren debidamente conciliados y estos coincidan con el Balance General de la empresa.

Cuentas por cobrar: verificar la provisión de cuentas incobrables la ley nos da un máximo de deducción del 3%. (Art. 38 inc. q Ley del ISR)

Impuestos por cobrar y por pagar: Hay que verificar que los saldos que figuran en los formularios de impuestos coincidan con los registros de la empresa, el monto que figura en los formularios del IVA deben ser similares a los que figuran en los formularios del ISR, de no ser así, es necesario efectuar una conciliación de ingresos.

En el área de gastos, es necesario verificar que todos los proveedores cumplan con la entrega de facturas que indiquen gastos del año 2010, de esa manera tener todos los gastos reportados en el año que corresponde, de igual manera es necesario actuar con los ingresos.

En el rubro de sueldos y salarios, es necesario que estos coincidan con sus respectivas provisiones de prestaciones laborales.

Es necesario ajustar todas las depreciaciones y amortizaciones según los porcentajes máximos establecidos en la ley debido a que si no se ajustan en el mismo periodo contable, este gasto ya no es deducible para el periodo siguiente.

Regla 97-3, hay que tomar en cuenta que no se puede cancelar Impuesto sobre la renta sobre una cantidad que sea inferior al 3% de los ingresos brutos.

Los contribuyentes especiales, los sujetos a la Actividad exportadora y maquila y las Zonas Francas, según la última resolución de la CC tienen que presentar sus estados financieros auditados.

Existen muchos detalles a tomar en cuenta, en este espacio les detallo lo que a mi criterio es lo mas importante.

Para los contribuyentes que se encuentran en el régimen general así como las Iglesias, Partidos Políticos, Asociaciones y fundaciones la declaración del Impuesto sobre la Renta debe ser informativa.

El vencimiento del Impuesto sobre la renta es el treinta y uno de marzo del año dos mil once.

Para los comentarios voy a solicitarles se logren suscribir Acá , ya que por motivos de trabajar varios cierres me veré saturado por lo que esperare una cantidad de comentarios y tratare de postearlos en el nuevo blog donde se suscribirán el cual es mas facil de majejar de antemano agradezco su atención.

Para descargar el documento en PDF y Compartirlo pueden hacerlo presionando Aquí

martes, 1 de febrero de 2011

OBLIGACIONES MES DE FEBRERO 2011

OBLIGACIONES MES DE FEBRERO 2011


Para los seguidores de este blog, aprovecho el espacio para darles a conocer dos importantes obligaciones para cumplir exclusivamente en el mes de febrero 2011.


INFORME ESTADISTICO DEL MINISTERIO DE TRABAJO

Que es el informe estadístico?

Según el Ministerio de trabajo El informe del Empleador es un instrumento con fines estadísticos que permite obtener indicadores generales sobre: trabajo, ocupación, empleo, actividades económicas, salarios, otras prestaciones económicas, sindicalización y

migraciones desagregadas por edad, sexo, etnia, área (rural – urbana); en el

ámbito nacional de la República de Guatemala.


Quienes deben presentarlo?

Todos los patronos que tengan bajo a su cargo trabajadores tienen que presentar ante el Ministerio de trabajo el informe estadístico, la fecha máxima para la presentación de dicho informe es el 28 de febrero del año en curso.

Nos dice el artículo 61 del Código de trabajo. Además de las contenidas en otros artículos de este Código, en sus reglamentos y en las leyes de previsión social, son obligaciones de los patronos:

Enviar dentro del improrrogable pazo de dos primeros meses de cada año a la dependencia administrativa correspondiente del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, directamente o por medio de las autoridades de trabajo del lugar donde se encuentra la respectiva empresa, un informe…


Como obtenerlo?

Para obtener información de cómo obtener y llenar dicho informe puede presionar Aca

Se sugiere a todos los empresarios, jefes de Recursos Humanos, personal, Contadores y administradores, tomar nota de dicha disposición para evitarse multas u sanciones


DECLARACION JURADA ANUAL IVA PEQUEÑO CONTRIBUYENTE


Para los pequeños contribuyentes del Impuesto al valor Agregado IVA, se les recuerda que para finales de febrero vence la declaración jurada Anual de IVA por lo que es necesario prepararse y llenar los formularios pertinentes.


Si tienen duda bajo qué régimen están inscritos, pueden revisar su constancia de inscripción en la SAT o bien pueden solicitar su actualización en cualquier agencia de la SAT para verificar si ustedes se encuentran bajo dicho régimen y procede presentar la declaración jurada anual

Para los que tienen Bancasat y quieren presentar su declaración pueden hacerlo Aquí
Puede descargar el documento en PDF presionando Acá
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